13 enero, 2026

El Gobierno Nacional oficializa la desregulación del control de equipajes en el transporte de larga distancia

colectivo bondi micro

A través de la publicación de la Resolución 4/2026 en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo Nacional puso en marcha un nuevo Régimen de Identificación y Trazabilidad de Equipajes y Encomiendas. Esta normativa representa un giro radical en la forma en que se gestionan los bultos en los micros de larga distancia, eliminando la histórica obligatoriedad de utilizar etiquetas y fajas físicas con diseños y formatos preestablecidos por el Estado. A partir de ahora, la responsabilidad de garantizar la seguridad y la vinculación entre el pasajero y su pertenencia recaerá directamente en las empresas transportistas.

La medida tiene como eje central la modernización y la eliminación de trabas burocráticas que, según la Secretaría de Transporte, distorsionaban el mercado. Con este cambio, las compañías tienen total libertad para implementar soluciones tecnológicas de última generación. Entre las opciones que se barajan para reemplazar al viejo papel estatal se encuentran los códigos QR asociados directamente al pasaje digital, registros electrónicos integrados en los sistemas de ticketing, o etiquetas impresas por la propia empresa de manera autónoma. La única condición innegociable es que el sistema elegido sea inviolable, garantice una trazabilidad inequívoca y sea compatible con los estándares utilizados en países limítrofes para servicios internacionales.

En cuanto a la protección del usuario, es fundamental destacar que, aunque cambie el formato de identificación, los derechos de indemnización por pérdida o extravío permanecen inalterables bajo los parámetros de la Resolución 47/1995. Las empresas siguen obligadas a emitir un comprobante y a conservar los datos para facilitar posibles reclamos. No obstante, la nueva norma introduce una advertencia estricta: cualquier bulto que no cuente con el nuevo dispositivo de seguridad identificado por la empresa no podrá ser subido a la unidad. Si un pasajero accede a viajar con equipaje no registrado, perderá automáticamente cualquier derecho a compensación futura.

El rol de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) también sufrirá una transformación. El organismo dejará de ser un inspector de “diseños de etiquetas” para convertirse en un fiscalizador de la efectividad del sistema. Su tarea será auditar que la trazabilidad sea real y que la seguridad del equipaje esté garantizada por el método que la empresa haya decidido adoptar.

Este nuevo régimen entrará en vigencia plena dentro de 60 días. Durante este plazo de transición, las cámaras de transporte y las empresas individuales deberán informar a la Subsecretaría de Transporte Automotor, con al menos 30 días de antelación, qué mecanismo específico utilizarán. Aquellas firmas que no cumplan con la implementación de un sistema de trazabilidad válido dentro de estos términos quedarán sujetas a severas sanciones administrativas.