El Poder Ejecutivo suprime la obligatoriedad de la Educación Vial y la Prevención de la Violencia de Género en el programa escolar nacional

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A partir del presente ciclo lectivo, las instituciones educativas de la República Argentina ya no estarán compelidas a dictar contenidos que anteriormente revistían carácter obligatorio. Esta modificación afecta directamente a la Ley N° 27.234, referida a la jornada de prevención y erradicación de la violencia de género, y a la Ley N° 27.214, vinculada a la promoción de la educación vial.

La medida fue ratificada mediante el Decreto 436/2025, el cual derogó tres artículos específicos de las mencionadas normativas. Como consecuencia de esta resolución, la facultad de impartir dichas temáticas ha sido delegada a las administraciones provinciales, quienes tendrán la potestad de decidir si mantienen estos saberes dentro de sus respectivos diseños curriculares o si los excluyen definitivamente.

Anteriormente, la jornada anual denominada “Educar en Igualdad” buscaba que tanto el alumnado como el cuerpo docente incorporaran herramientas, valores y prácticas orientadas a mitigar y eliminar la violencia de género en el ámbito social.

Por otro lado, en lo que respecta a la seguridad vial, la eliminación de los artículos 5° y 6° de la Ley 27.214 deja sin efecto la exigencia de dictar formaciones y contenidos técnicos en todo el territorio nacional. Asimismo, queda disuelto el sustento legal que permitía el funcionamiento del Observatorio de la Educación Vial, organismo conformado por equipos interdisciplinarios y académicos encargados de la investigación y seguimiento de esta problemática bajo la órbita del Ministerio de Educación.

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