El Poder Ejecutivo envió a la Cámara de Senadores el proyecto de reforma previsional entrerriana
El Poder Ejecutivo provincial remitió este viernes a la Cámara de Senadores el proyecto de ley que impulsa la reforma del sistema previsional de Entre Ríos. La iniciativa parlamentaria ingresó formalmente a las 13:10 por la Mesa de Entradas del cuerpo bajo el Expediente Número 33.794, y las autoridades legislativas dispusieron su posterior giro hacia las comisiones de Legislación General y de Presupuesto para dar inicio al debate correspondiente.
Desde la Casa Gris remarcaron que el articulado parte de una premisa inalterable: ningún beneficiario del sistema vigente experimentará modificaciones en sus haberes ni perderá derechos adquiridos. El proyecto final incorporó una serie de modificaciones sugeridas por los gremios de la administración pública, con especial énfasis en la progresividad de las transiciones, el sostenimiento del 82 por ciento móvil sobre el sueldo bruto y la ratificación de la movilidad atada a las resoluciones paritarias.
Modificación gradual de las edades de retiro y plazos de transición
La propuesta oficial contempló una readecuación en la edad de retiro para los trabajadores que se desempeñan actualmente en las dependencias estatales, elevando el límite a los 65 años en un esquema que fundamentaron en la mayor expectativa de vida y en la sustentabilidad fiscal. Desde el Ejecutivo provincial recordaron que el parámetro vigente data de 1993 y que la provincia posee una de las edades jubilatorias masculinas y femeninas más bajas del orden internacional.
Para atenuar el impacto del nuevo esquema, los técnicos diseñaron una serie de pautas diferenciadas según la antigüedad de los agentes:
Esquema de transición: Se fijaron plazos de adecuación gradual de entre cinco y veinte años para que ningún agente público que se encuentre en las cercanías de la edad de retiro sufra modificaciones abruptas en sus condiciones.
Nuevos ingresos al Estado: Para los ciudadanos que inicien su carrera dentro de la administración pública a partir de la eventual sanción de la ley, la edad jubilatoria ordinaria se estableció de forma fija en los 68 años.
Ecuación de aportes: Las estadísticas oficiales expusieron que la Caja de Jubilaciones y Pensiones se encuentra en estado crítico, registrando apenas 1,9 aportantes activos por cada pasivo, producto de un decenio donde el sector de jubilados creció un 40 por ciento frente al magro incremento del 25 por ciento en la base de aportantes.
Regímenes especiales, aportes solidarios y cálculo del haber inicial
En lo concerniente a los regímenes especiales de jubilación anticipada, el Ejecutivo aclaró que la ley no suprimirá tales beneficios. La nueva reglamentación determinó que, al cumplir los requisitos de su régimen específico, el empleado podrá optar entre cesar sus actividades o continuar en su puesto; no obstante, se efectivizó la obligatoriedad de sostener los aportes previsionales hasta cumplimentar la edad que prevé la Ley N° 8.732.
Asimismo, se introdujo un aporte solidario extraordinario y de carácter transitorio que afectará únicamente a los salarios más altos del escalafón estatal. Quedaron eximidos del descuento adicional aquellos agentes con ingresos mensuales inferiores a los tres millones de pesos, de modo que la medida tributaria recaerá exclusivamente sobre el 4 por ciento de los salarios públicos de mayor cuantía.
Finalmente, para dotar de mayor equidad al sistema y desalentar las distorsiones que provocan las recategorizaciones o promociones de última hora, se amplió la base de cálculo del haber inicial, el cual se promediará sobre la base de los últimos 240 meses de trayectoria laboral. En paralelo a la discusión legislativa, el gobierno entrerriano ratificó la continuidad de las demandas promovidas ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para obtener el cobro de los fondos que la Anses adeuda a la provincia.