10 octubre, 2024

Se reglamentó la Ley Provincial de Artesanías

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Mediante el decreto Nº 480/21 firmado por el gobernador de la provincia, Gustavo Bordet, se aprobó la reglamentación de la Ley Provincial Nº 10659 de protección, desarrollo, promoción , difusión y comercialización de las artesanías entrerrianas.

Luego de impulsar la gestión del proyecto y la reglamentación, la Secretaría de Cultura de Entre Ríos celebra la reglamentación de esta ley, que significa un gran paso en el diseño de políticas culturales para el sector artesano de la provincia.

El Museo y Mercado de Artesanías Carlos Asiaín será el organismo de autoridad de aplicación de la norma legal.

El decreto establece el primer paso para aplicar la ley provincial, estableciendo que se creará un Consejo Provincial de Artesanías de Entre Ríos (CoPrAER) que tendrá como propósito dictar una reglamentación interna en un plazo no mayor de 90 días desde la puesta en vigencia del Reglamento.

El CoPrAER será responsable de formular recomendaciones y emitir opiniones sobre asuntos vinculados al fomento de la actividad; y constituirse como órgano de coordinación entre el sector público y el sector artesano.

Se ocupará también de mantener una articulación permanente con organismos públicos y privados nacionales, provinciales y locales a los fines de lograr visiones conjuntas para el diseño de políticas y estrategias de desarrollo.

El Consejo prestará asesoramiento, orientación y apoyo al sector artesano; colaborará con el Registro Provincial de Artesanos y Artesanas, y otros documentos relacionados para el conocimiento de la población de los derechos y beneficios de su inscripción.

Los encuentros del Consejo serán convocados en un futuro por la institución que oficia como órgano de aplicación. Desde la Secretaría de Cultura de la Provincia adelantaron que ese espacio tendrá en todo momento un espíritu consultivo, colaborativo, de trabajo en red.

El CoPrAER además será responsable de analizar y promover actualizaciones y modificaciones en el Clasificador de Rubros y Oficios.

La ley establece que los artesanos debidamente inscriptos en el Registro Provincial de de Artesanos y Artesanas de Entre Ríos pueden ser electores/as y/o elegidos/as como representantes departamentales con la condición de acreditar al menos dos años de residencia en dicha ciudad.

Sobre el Registro Provincial de Artesanos y Artesanas

A partir de la aprobación de la reglamentación de la Ley 1069 se implementará el Registro Provincial de Artesanos y Artesanas.

Desde el Museo y Mercado Provincial de Artesanías se pondrá a disposición de las y los interesados el formulario de inscripción, para luego de su debida evaluación (según los criterios de modos de producción, materiales utilizados, oficio, funcionalidad, originalidad y creatividad de las piezas artesanales), poder otorgar el Carnet Provincial de Artesanos/as de Entre Ríos que los reconocerá como portadores de los saberes que la Ley establece de interés provincial y que forman parte del patrimonio cultural.

Desde mediados del 2020, el reempadronamiento provisorio de artesanos y artesanas ha continuado avanzando a través de un formulario virtual que fue difundido oportunamente.

En dicha base provisoria ya se inscribieron más de 1.200 productores, y mediante esta herramienta se logró la identificación, clasificación y localización de 370 talleres artesanales de todo el territorio provincial.

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